🔷 Se refuerzan las medidas preventivas para Rafaela

El Intendente firmó el Decreto Nº 50.510 con nuevas disposiciones para nuestra ciudad. El mismo apunta a profundizar las acciones dispuestas en el Decreto Municipal N° 50.470 para minimizar la circulación del virus COVID-19.

Locales16 de marzo de 2020Diario PrimiciaDiario Primicia

En función de las medidas sanitarias de mayor carácter restrictivo en cuanto a la circulación de personas, adoptadas por el gobierno nacional, el intendente Luis Castellano firmó el Decreto Nº 50.510 con nuevas disposiciones para nuestra ciudad.

El mismo apunta a profundizar las acciones dispuestas en el Decreto Municipal N° 50.470 para minimizar la circulación del virus COVID-19, en el marco de atribuciones y facultades conferidas por la Ley Provincial N° 2756 Orgánica de Municipalidades. De esta forma, se busca prevenir un agravamiento exponencial de la situación epidemiológica, procurando actuar sobre las causas de contagio para ralentizar su avance y aparición de casos autóctonos.

DECRETO 1

A partir de este lunes 16 de marzo, la nueva disposición municipal establece la suspensión del dictado de clases en los Jardines Materno Infantiles Municipales, Jardines Maternales Privados, Escuela Municipal de Música “Remo Pignoni”, Escuela Municipal de Artes Escénicas “José Pepe Fanto” y el Liceo Municipal “Miguel A. Flores”; demás establecimientos, institutos y academias de idiomas, música, artes y afines.

También se extiende la suspensión de actividades dispuesta por el artículo 4°) del Decreto Municipal N° 50.470 a los demás establecimientos enunciados en el artículo 3°) de la Ordenanza Municipal N.° 4.314, así como también a templos religiosos, heladerías, cafeterías, cyber, juegos electrónicos, patios de comidas de shoppings o hipermercados, y rubros afines que impliquen circulación y permanencia de personas para el consumo en los locales.

Por otro lado, se autoriza a los establecimientos alcanzados por las medidas de suspensión, cuando su actividad así lo permita, a funcionar bajo la modalidad de delivery en las condiciones establecidas en la Ordenanza Municipal Nº 3.812 y/o mediante el retiro de productos del local, debiendo mantener y/o adoptar todas las medidas higiénico sanitarias y evitar la permanencia de las personas que concurran a los establecimientos.

Otra de las medidas es la suspensión de las actividades de toda academia, instituto o gimnasio dedicados a la práctica o enseñanza de actividades relacionadas con los ejercicios físicos, tales como pesas, artes marciales, físico-culturismo, gimnasia rítmica o similar, gimnasia modeladora y correctiva, danzas y afines. En el mismo orden, se suspenden los torneos y competiciones de fútbol amateur en la ciudad de Rafaela.

DECRETO 2

Es importante aclarar que todas las medidas serán adoptadas hasta el 31 de marzo, pudiendo ser modificado y/o prorrogado dicho plazo conforme se desenvuelva la situación sanitaria.

Por último, se recomienda la restricción de los horarios de visitas a los geriátricos, hogares, centros de día y lugares en los cuales se preste el servicio de albergue, atención y cuidado permanente o temporario de personas que se encuentren contempladas en grupos de riesgo.

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