
Comunicado del Gobierno tras los vetos de Javier Milei: "No hay plata"
Las normas respondían al aumento de las jubilaciones, la vuelta de la moratoria previsional y la declaración de emergencia en discapacidad.
El link deberá encontrarse de forma visible en la página de inicio del sitio web o en la sección principal de las aplicaciones. La Oficina Municipal de Información al Consumidor brinda precisiones al respecto.
Nacionales04 de diciembre de 2020En los primeros días del mes de octubre, la Secretaría de Comercio Interior dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo de la Nación dispuso, a través de la resolución 424/2020, la implementación del “Botón de Arrepentimiento” en los sitios web y aplicaciones de empresas proveedoras de bienes y servicios.
El fin de esta herramienta destinada a los consumidores, es brindarles un medio para que puedan ejercer de forma fácil y directa el derecho de arrepentimiento establecido en la Ley N° 24.240 de Defensa del Consumidor, en los casos de compras a distancia o fuera de los establecimientos comerciales.
El link deberá encontrarse de forma visible en la página de inicio del sitio web o en la sección principal de las aplicaciones. El proveedor deberá informar dentro de las 24 horas desde realizada la gestión, el número de código de identificación de arrepentimiento o revocación.
De esta manera, el comprador podrá arrepentirse de una adquisición o contratación de servicio online dentro del plazo de 10 días desde la compra o recepción del bien, que contempla la Ley de Defensa del Consumidor, sin tener duda alguna acerca de la gestión realizada.
Cambio en el comercio electrónico
La responsable de la Oficina Municipal de Información al Consumidor (OMIC) de nuestra ciudad, Cecilia Burdisso, expresó: “Creemos que esta herramienta va a traer un importante cambio para el comercio electrónico ya que no solo facilita la gestión a los consumidores sino que, además, es necesaria”.
“Muchas veces, la falta de información, una gestión realizada de forma errónea o el gran caudal de contratación de las empresas en muy poco tiempo, imposibilitaba al consumidor ejercer su derecho”, agregó.
Teniendo en cuenta estos inconvenientes, la OMIC invita a la ciudadanía a completar una encuesta realizada por la Dirección de Promoción de la Competencia y Defensa del Consumidor, que está destinada a identificar aquellos lugares de la provincia de Santa Fe donde no se respetan sus derechos. Con esto se busca dirigir a los mismos acciones de fiscalización tendientes a identificarlos en su entorno.
Las personas afectadas podrán completar la encuesta, identificando el tipo de problema y el proveedor respectivo, sin que ello signifique interponer reclamo contra el mismo. Para completar los datos pueden ingresar al siguiente link: http://www.santafe.gob.ar/index.php/web/content/view/full/112066.
Las normas respondían al aumento de las jubilaciones, la vuelta de la moratoria previsional y la declaración de emergencia en discapacidad.
El aumento es de 6,5% segmentado en dos: 3,5% sobre los mínimos de enero y tres pagos adicionales de 1% sobre los mínimos de julio, agosto y septiembre
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