Comenzarán a juzgar a un hombre como autor del delito de defraudación especial cometido en Rafaela

El inicio del debate está previsto para mañana a las 8:00 en los tribunales de la ciudad cabecera del departamento Catellanos. El acusado tiene 48 años y el ilícito fue cometido en 2017 en perjuicio de la Asociación para la Lucha contra la Parálisis Infantil (ALPI) por un total de 141.663 pesos. El fiscal que estuvo a cargo de la investigación es Martín Castellano.

Policiales24 de julio de 2019Diario PrimiciaDiario Primicia

Un hombre de 48 años cuyas iniciales son GOLB comenzará a ser juzgado como autor del delito de defraudación especial cometido en 2017 en perjuicio de la Asociación para la Lucha contra la Parálisis Infantil (ALPI) de la ciudad de Rafaela. Será en el marco de un juicio oral y público cuyo inicio fue programado para mañana a partir de las 8:00 en la sala número 1 de la Oficina de Gestión Judicial (OGJ) de los tribunales de la ciudad cabecera del departamento Castellanos.

El fiscal que investigó el hecho es Martín Castellano, a cargo de la sección Criminalidad Económica y Compleja (SeCEC) de la Fiscalía Regional 5, quien solicitará una pena de tres años de prisión de cumplimiento condicional, más las costas del proceso. En tal sentido, el funcionario del MPA le atribuyó al hombre investigado la autoría del delito de defraudación especial por retención indebida.

Por su parte, el juez que presidirá el debate será Javier Bottero.

El hecho investigado

El fiscal Castellano acusó a GOLB por un hecho ilícito cometido en 2017 en la ciudad de Rafaela. “El miércoles 31 de mayo, el acusado no restituyó en tiempo y forma a ALPI Rafaela la suma de 141.663 pesos”, precisó. “El ilícito fue cometido a pesar de lo establecido en la cláusula número 4 de un contrato firmado por el acusado y por ALPI. Además, la entidad lo intimó formalmente y el acusado actuó a sabiendas del perjuicio económico que estaba causando”, agregó el fiscal.

Castellano explicó que “el acusado es remisero y había firmado un contrato de locación de servicios con ALPI, en el cual se establecía que la entidad le pagaba por trasladar a pacientes desde la localidad de Ataliva a la ciudad de Rafaela, y viceversa”. En tal sentido, el fiscal del MPA agregó que “en realidad, el pago lo debía hacer una obra social. Pero como se concretaba a los 120 días aproximadamente, entonces ALPI le adelantaba el dinero al acusado y cuando la obra social le abonaba, el hombre debía restituir –a las 48 horas de recibir el dinero– la misma suma a ALPI”.

“El 10 de marzo y el 5 de mayo de 2017, se concretaron las transferencias bancarias de la obra social a la caja de ahorro del acusado. Sin embargo, nunca restituyó el dinero a ALPI”, concluyó.

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