🔷 Cuarentena: Congelaron los alquileres y suspenden los desalojos

Ante la recesión por la cuarentena, el presidente Alberto Fernández decreta medidas paliativas para deudores hipotecarios de viviendas y para los que alquilan.
Nacionales29 de marzo de 2020Diario PrimiciaDiario Primicia
0037520090
0037520090

El Gobierno dispuso a través de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) el congelamiento de los precios de los alquileres y suspensión de los desalojos por falta de pago durante seis meses, en el marco de las medidas adoptadas para mitigar el impacto económico ante la crisis causada por la recesión por la cuarentena debido a la pandemia de coronavirus.
 
La norma, que se publicará en el Boletín Oficial, suspende los desalojos por falta de pago y prorroga la vigencia de los contratos, con conformidad de la parte locataria hasta el 30 de septiembre.

0029455379


Asimismo, se congelan los precios de los alquileres al valor de marzo y la deuda por diferencia de precio entre lo que se debía pagar y lo que efectivamente se pague por el congelamiento, se abonará en 3 cuotas mensuales sin intereses, a pagar desde octubre.

De acuerdo con la normativa, las deudas que se produzcan por falta de pago se pagarán a partir de octubre en tres cuotas, con intereses compensatorios, pero sin penalidades.

La norma también prevé que quedará exceptuado del pago aquel locador que acredite que depende del monto que destina para el alquiler para cubrir sus necesidades básicas o las de su familia primaria conviviente.

En caso de controversia entre las partes del contrato, habrá una instancia de mediación obligatoria, previo a acudir a la justicia.

Los alquileres alcanzados por el decreto que se publicará en el Boletín Oficial son los de inmuebles destinados a vivienda única urbana o rural; habitaciones destinadas a vivienda familiar o personal en pensiones, hoteles u otros alojamientos similares; e inmuebles destinados a actividades culturales o comunitarias. Asimismo, incluye a inmuebles rurales destinados a pequeñas producciones familiares y pequeñas producciones agropecuarias; inmuebles alquilados por personas adheridas al régimen de Monotributo, destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria; e inmuebles alquilados por profesionales autónomos para el ejercicio de su profesión.

El decreto del Boletín Oficial alcanza además a inmuebles alquilados por Micro, Pequeñas y Medianas Empresas (MiPyMES) destinados a la prestación de servicios, al comercio o a la industria.

Los inmuebles alquilados por Cooperativas de Trabajo o Empresas Recuperadas inscriptas en el INAES están también abarcados en el DNU.

Fuente: M1

Te puede interesar
PL37T2BG2NBZTJ6NV7VIG4HXXI

Las ventas minoristas pyme crecieron 0,9% interanual en junio

Diario Primicia
Nacionales06 de julio de 2026
Durante el mes de junio, las ventas minoristas del segmento pyme evidenciaron una suba interanual del 0,9% a valores constantes. Por el contrario, la medición intermensual arrojó una baja del 1,3%. Con estos resultados se consolidó una retracción acumulada del 2,5% durante el primer semestre del año.
Lo más visto
unnamed (7)

EPE reforzará áreas de mantenimiento eléctrico en Rosario de cara a las previsiones climáticas de El Niño y las altas temperaturas previstas

Diario Primicia
Provinciales15 de agosto de 2026
La búsqueda de personal profesional que inició la empresa de energía está vinculado al mantenimiento de la red de media y baja tensión, tanto aéreas como subterráneas para bajar los tiempos de respuesta al usuario. Por primera vez la búsqueda será pública, por concurso, y apunta a incorporar solo perfiles profesionales para enfrentar la emergencia de El Niño y las altas temperaturas pronosticadas para el verano 2026/2027.