🔷 Prorrogan hasta fin de año precios de tarifas y la prohibición de cortes de servicios

El gobierno decidió prorrogar el congelamiento de los precios de los servicios públicos que finalizaba este mes. Las empresas no podrán suspender los servicios.
Provinciales19 de junio de 2020Diario PrimiciaDiario Primicia
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El gobierno nacional prorrogó hasta fin de año el congelamiento de las tarifas de los servicios públicos, determinado en la Ley de Emergencia Social, que regía hasta este mes, como también la disposición que prohíbe interrumpir la provisión de los servicios ante la falta de pago por parte de usuarios pertenecientes a sectores vulnerables.

En este sentido, el decreto 543/2020 publicado hoy en el boletín oficial amplió de tres a seis las facturas impagas consecutivas o alternas, que un usuario incluido dentro del grupo de personas en situación de vulnerabilidad podrá acumular sin que la empresa de cualquiera de los servicios pública pueda interrumpir el suministro.

El decreto precisó que las empresas prestadoras de los servicios de energía eléctrica, gas por redes y agua corriente, telefonía fija o móvil e internet y TV por cable, por vínculo radioeléctrico o satelital, no podrán disponer la suspensión o el corte de los respectivos servicios a los usuarios en caso de mora o falta de pago de hasta seis facturas consecutivas o alternas, con vencimientos desde el 1º de marzo de este año.

Los incluidos son los beneficiarios de las asignaciones universales por Hijo (AUH) y por Embarazo (AUE); de pensiones no contributivas que perciban ingresos mensuales brutos no superiores a dos veces el Salario Mínimo Vital y Móvil (SMVM), actualmente en $ 16.875; monotributistas sociales, y jubilados, pensionados y trabajadores en relación de dependencia que perciban una remuneración bruta menor o igual a dos SMVM.

Además, están comprendidos los monotributistas inscriptos en una categoría cuyo ingreso anual mensualizado no supere en dos veces el salario mínimo; los que perciben seguro de desempleo; los electrodependientes; las empleadas domésticas y los exentos en el pago de ABL o tributos locales de igual naturaleza.

Además, en uso de la atribución conferida por el artículo 5° de la Ley 27.541, el Poder Ejecutivo nacional dispuso ampliar por otros 180 días, hasta fin de este año, la vigencia del congelamiento de las tarifas de servicios públicos.

Asimismo, el decreto prorrogó hasta el 28 de junio próximo la obligación de las prestadoras de brindar un servicio reducido que garantice la conectividad a los usuarios que cuentan con sistema de servicio prepago de telefonía móvil o Internet que no pudiera abonar la correspondiente recarga para acceder al consumo.

Fuente: UNO Santa Fe

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