🔷 Viajar hacia o provenir desde una zona con circulación local de COVID-19 será motivo de aislamiento obligatorio

Así lo establece el Decreto Provincial dictado este domingo 21 de Junio. Viajar hacia o provenir desde una zona con circulación viral local obligará al aislamiento obligatorio de la persona en el domicilio de su residencia.

Locales 22 de junio de 2020 Diario Primicia Diario Primicia
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En el marco de las nuevas medidas dispuestas por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, la Municipalidad de Rafaela recuerda que, desde el 5 de mayo de este año, se encuentra vigente el Decreto Municipal Nº 50.542 que dispone un protocolo de ingreso y egreso de personas a nuestra ciudad junto, que deben cumplir especialmente, quienes viajen hacia o vengan desde zonas de transmisión local, determinadas por el Ministerio de Salud de la Nación.

En virtud de dicha norma, los ciudadanos involucrados en esa situación deben informar, mediante correo electrónico, con carácter de Declaración Jurada y con anticipación, a la Secretaría de Prevención en Seguridad del Municipio local: datos personales, domicilio de radicación en la ciudad, localidad desde o hacia donde viaja, motivo del viaje, medio utilizado para movilizarse con su dominio, fecha de ingreso a la ciudad o salida de la misma, fecha de retorno o salida, hora estimada y, finalmente, e-mail y teléfono de contacto. De tal manera, la respuesta de parte del Estado local (también remitida por correo electrónico) debe ser exhibida ante las autoridades que realizan el control en los accesos de la ciudad.

Sin perjuicio de dar cumplimiento al protocolo referido, con la sanción del Decreto Provincial ahora cada viajante deberá asimismo tramitar el correspondiente permiso para circular por medio de la App COVID-19 Provincia de Santa Fe o en la web https://www.santafe.gob.ar/ms/covid19/permisos-de-circulacion/

De esta manera, se complementan el Decreto Municipal vigente con el recientemente sancionado Decreto Provincial que determina medidas de aislamiento para quienes provienen de localidades con transmisión local fuera de la provincia de Santa Fe así como también para quienes viajan y vuelven hacia y desde comunidades con circulación local.

Aislamiento obligatorio

Es importante aclarar que el período de aislamiento dependerá de la periodicidad con que la persona viaja. Es así que, si se trata de un viaje ocasional por un motivo puntual, el aislamiento deberá ser por el plazo de 14 días en su domicilio particular y el vecino o vecina solo podrá salir sólo por motivos alimentarios, de salud o fuerza mayor.

En el caso de que los viajes se repitan con una frecuencia menor a los 14 días, al regresar al domicilio particular la persona deberá permanecer en aislamiento hasta el momento que deba volver a viajar.

Las personas “en tránsito” por el territorio provincial, no deberán realizar aislamiento.

Por último, vale aclarar que si una persona residente en nuestra ciudad tiene un empleo dedicado a la atención al público y viene de realizar un viaje a una provincia con circulación local, no podrá realizar esa tarea bajo ninguna circunstancia, debiendo ser reemplazada por otra.

El cumplimiento de estas medidas sanitarias obligatorias serán controladas por la Policía de la Provincia de Santa Fe y su inobservancia podrá ser tipificada bajo la contravención de “incumplimiento de mandatos legales”, penada con hasta 15 días de arresto o multa, por el Código de Faltas Provincial.

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