
Marsico: "Los legisladores si cometieron un delito deben ser sometidos a proceso penal"
Diario Primicia
“La Ley Nº 14384 que declaró la necesidad de reforma parcial de la Constitución de la Provincia de Santa Fe, en su articulado establece, la eliminación de la inmunidad de proceso, prerrogativa de los senadores y diputados provinciales que impide que se inicie respecto de ellos un procedimiento penal por la comisión de cualquier delito, sin la autorización de la Cámara a que pertenece, acordada por los 2/3 de los votos de los presentes, así lo establece el artículo 51 de la actual, Carta Magna Santafesina” informó Másico.
“Esa mayoría agravada de los 2/3, puede ser difícil de lograr, para que la justicia ordinaria pueda someter a proceso penal al legislador, si se tiene en cuenta el riesgo de formación de grupos cerrados, con gran poder y privilegios, que se constituyen en las Cámaras sobre todo en el Senado provincial, estamento con poca movilidad donde todavía persisten senadores que hace más de 22 años que están en sus bancas”, manifestó Mársico. candidato Convencional Constituyente.
“A su vez, el artículo 51 de la Constitución Provincial, que debe ser modificado, contradice manifiestamente el artículo 5 de la Constitución Nacional en virtud de que está afectando la administración de justicia, que la Provincia está obligada a asegurar” sostuvo el candidato a Convencional.
“Las constituciones provinciales y la Nacional, reconocen a favor de los legisladores la inmunidad de arresto, pero no así la inmunidad de proceso, la cual hay que erradicar de la Carta Provincial, en virtud de haber permitido situaciones de extrema gravedad de no poder llevar adelante procesos penales contra legisladores, tejiendo un manto de impunidad, que afecta las instituciones democráticas de nuestra Provincia”, alegó Lisandro Mársico


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