🔷 Coronavirus: Prepagas y obra sociales deberán ofrecer el servicio de teleconsulta

Para combatir el coronavirus el Gobierno también eliminó aranceles a la importación de insumos médicos esenciales.

Nacionales 02 de abril de 2020 Diario Primicia Diario Primicia
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El gobierno de Alberto Fernández adoptó este jueves nuevas medidas a nivel sanitario en el marco de la lucha contra el avance de la circulación comunitaria del coronavirus Covid-19. En ese camino el ministerio de Salud que conduce Ginés González García apuesta a descongestionar el sistema sanitario de pacientes con patologías menores de modo de liberar los canales de atención y evitar la propagación de la pandemia.
 
Por eso a través de la Resolución 282/2020 publicada este jueves en el Boletín Oficial se dispuso que las empresas de medicina prepaga y las obras sociales "deberán implementar y fomentar el uso de plataformas de teleasistencia y/o teleconsulta a fin de garantizar las prestaciones de demanda esencial".

La disposición prevé además que en el marco de las teleconsultas los médicos puedan prescribir médicamentos a través de recetas electrónicas.

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Por otra oarte el gobierno del Frente de Todos eliminó aranceles a la importación de 52 equipamientos médicos e insumos sanitarios, durante el período que dure la emergencia declarada como consecuencia del avance del coronavirus, a través del Decreto 333/2020 publicado en el Boletín Oficial.

De acuerdo con lo establecido en la norma, los bienes alcanzados por la reducción de aranceles al 0% también quedan eximidos del pago de la tasa de estadística a las operaciones de importación.

En tanto, en sus fundamentos, señala que, dada la situación de emergencia sanitaria que tiene lugar en el país, y con el fin de no afectar la atención sanitaria de la población como consecuencia del brote del coronavirus, "resulta necesaria la adopción de nuevas medidas que se sumen a las ya adoptadas desde el inicio de esta situación".

Para ello, indica el texto del Decreto 333/2020, "es preciso garantizar a la población el acceso a ciertos insumos críticos con el fin de mitigar su propagación y su impacto sanitario".

Entre los insumos eximidos de derecho de importación figuran alcoholes etílico, propílico e isopropílico; ácidos nucleicos; desinfectante de superficies para equipos médicos y pisos; artículos de laboratorio o farmacia; guantes para cirugía; y mascarillas del tipo de las utilizadas por los cirujanos en las operaciones.

También se incluye gorros descartables; concentradores de oxigeno; gafas de seguridad; electrocardiógrafos; ecógrafo con análisis espectral Doppler; aparatos de diagnóstico de visualización por resonancia magnética; y explorador tomográfico por emisión de positrones; endoscopios; audiómetros; pulmones de acero y aparatos respiratorios.

Fuente: M1

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