Cámara de Apelaciones de Vera: Condenaron a hombre por abuso sexual en Avellaneda

Se trata de Pablo Jorge Nilo Martinelli de 64 años, a quien los camaritas le impusieron una pena de seis años de prisión. La decisión fue tomada por un tribunal integrado por Eduardo Bernacchia; Oscar Burtnik y José Mántaras. “Los elementos probatorios, los testimonios de los testigos y profesionales son categóricos, y no dan lugar a ninguna duda razonable y menos a la aplicación del principio ‘in dubio pro reo’”, sostuvo Bernacchia en relación al veredicto del juicio oral.
Provinciales17 de mayo de 2024Abril HerediaAbril Heredia
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Un hombre de 64 años identificado como Pablo Jorge Nilo Martinelli fue condenado en segunda instancia por haber abusado sexualmente de una niña en Avellaneda. La sentencia fue resuelta por la Cámara de Apelaciones de Vera integrada por los camaristas Eduardo Bernacchia (primer voto); Oscar Burtnik y José Mántaras, quienes además le impusieron una pena de seis años de prisión.

En un juicio oral que finalizó el 20 de diciembre del año pasado, Martinelli fue absuelto por “insuficiencia probatoria” y por el beneficio de la duda. La decisión fue tomada por el tribunal integrado por las juezas Natalia Palud y Norma Senn y por el juez Mauricio Martelossi.

Ante esa resolución de los magistrados de primera instancia, el fiscal Sebastián Marichal –quien tuvo a su cargo la investigación de los ilícitos– presentó un recurso de apelación a partir del cual los camaristas dispusieron la condena y el monto de la pena.

Por otra parte, los jueces de segunda instancia confirmaron la absolución de Martinelli por el principio de “in dubio pro reo” solo en relación a las agravantes de gravemente ultrajante, grave daño a la salud mental de la víctima y utilización de un arma, en este caso, un cuchillo.

En su casa

Los ataques sexuales a la víctima fueron cometidos por Martinelli en su vivienda. Los ilícitos se concretaron en reiteradas oportunidades a lo largo del año 2020.

“La niña acompañaba a su mamá a la casa del condenado, a raíz de que la mujer realizaba tareas de limpieza en el lugar”, explicó el fiscal Marichal. “Además de atacarla sexualmente, el condenado amenazaba a la víctima con matarla si contaba los sufrimientos que le hacía padecer”, agregó.

Marichal subrayó que “en el fallo de segunda instancia se afirma claramente que ‘los elementos probatorios, los testimonios de los testigos y profesionales son categóricos, y no dan lugar a ninguna duda razonable y menos a la aplicación del principio ‘in dubio pro reo’”.

Asimismo, el fiscal del MPA trajo a colación otro tramo de los fundamentos esgrimidos por el camarista Bernacchia –al que adhirieron los otros dos integrantes del tribunal–, en el que afirma que “vemos que se evidencia el caso como un claro supuesto en el que hubo un desequilibrio de poder (asimetría) entre el autor del hecho y la víctima que generó y favoreció el contexto de violencia física y sexual con acceso carnal”.

Absurdo

“Entiendo, como la Fiscalia y la Querella, que no hay ningún relato inventado y/o mendaz en cuanto a la investigación y/o dichos de la niña víctima que nos ocupa, esto es los abusos sexuales de Martinelli hacia la víctima”, sostuvo el juez Bernacchia. “Asimismo, observo, que sería caer en el absurdo de pretender que las víctimas de abuso sexual sean una especie de heroínas o que sepan sí o sí defensa personal, y no entender que estamos ante una niña que no estaba preparada para vivir una situación de extrema violencia como es todo abuso sexual”, agregó.

Bernacchia concluye que “en el caso se han visto vulnerados los derechos humanos de la víctima en tanto que específicamente se vio afectado su derecho a vivir una vida sin violencia de ningún tipo y/o especie, y habiendo sido dicha prueba analizada no sólo bajo la óptica de la sana crítica racional, estas formas comisivas implicaron: violencia psicológica, violencia física y violencia sexual; lo contrario sería ponernos ante el rídiculo, inexistente e imposible escenario que haría responsables y/o provocadoras a las víctimas de lo sucedido”.

Calificaciones penales

En función de lo resuelto por los camaristas, Martinelli fue condenado como autor de los delitos de abuso sexual reiterado por ser la víctima menor de 13 años y por haber mediado violencia y abuso sexual con acceso carnal de persona menor de 13 años.

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