
El gobierno comenzó a reglamentar la reforma previsional
Diario PrimiciaLos beneficios previsionales de quienes perciben reajustes dispuestos por el Programa Nacional de Reparación Histórica para Jubilados y Pensionados, "estarán alcanzados por la movilidad trimestral establecida por el artículo 32 de la Ley N° 24.241 y sus modificatorias", indica la reglamentación del primer artículo del decreto de reforma previsional publicada hoy en el Boletín Oficial.
La reglamentación faculta a la Anses a "fijar los importes mínimos y máximos de la remuneración imponible, como así también el monto mínimo y máximo de los haberes mensuales de las prestaciones pertenecientes al Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), en concordancia con el índice de movilidad que se fije trimestralmente a partir del 1 de marzo de 2018".
Reglamenta así varios artículos de la Reforma Previsional, sancionada en diciembre último por el Congreso. Se trata del Decreto 110/2018 publicado hoy en el Boletín Oficial, que lleva la firma del presidente Mauricio Macri, del jefe de Gabinete, Marcos Peña, y del ministro de Trabajo, Jorge Triaca, y reglamenta los artículos 1, 3, 4, 7, 8 y 9 de la Ley 27.426; y el 13 y el 16 de la Ley 27.260.
Asimismo, puntualizó que la Anses "determinará el valor mensual de la Prestación Básica Universal y de la Pensión Universal para el Adulto Mayor, que regirán a partir del 1 de marzo de 2018, y sucesivamente, los valores que correspondan en forma trimestral según la variación del índice de movilidad establecido".
También indicó que la Anses "actualizará los montos de las asignaciones familiares y los rangos de ingresos del grupo familiar que determinan el cobro a partir del 1 de marzo de 2018, aplicando la movilidad".
Precisó que a los beneficios con sentencia firme de reajuste basada en autoridad de cosa juzgada con anterioridad al 1° de marzo de 2018, se les aplicará la movilidad mencionada a partir de esa fecha.
"Si el resultado final de la aplicación de las variaciones del Nivel General del Índice de Precios al Consumidor Nacional más la variación de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables, ambos en la proporción que corresponda, fuese negativa en un trimestre, las prestaciones involucradas no sufrirán modificaciones por aplicación de la movilidad", puntualizó el decreto.
En otro orden, se fijó la incompatibilidad de la Pensión Universal para el Adulto Mayor con quienes sean beneficiarios de jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo.
Al respecto, el decreto precisó que esta incompatibilidad "será aplicable también para los supuestos en los cuales la persona tenga derecho en forma simultánea a una jubilación, pensión o retiro, de carácter contributivo o no contributivo, incluso los beneficios que otorgan las Cajas o Institutos provinciales o municipales, no transferidos al Estado Nacional y las Cajas de Profesionales".
Fuente: El Litoral


Fuertes operativos contra la caza y la pesca ilegal en Santa Fe, con secuestros y detenidos

Santa Fe llevó a La Rural su modelo de desarrollo productivo y renovó su compromiso con el campo


Santa Fe incorpora equipos de psicólogos para abordar situaciones excepcionales en las escuelas

Castellanos: dos localidades se quedaron sin agua y la Provincia instaló rápidamente una planta móvil para abastecer a más de 800 vecinos

Santa Fe llevó a La Rural su modelo de desarrollo productivo y renovó su compromiso con el campo

Fuertes operativos contra la caza y la pesca ilegal en Santa Fe, con secuestros y detenidos

Rubén Rada: el histórico referente de los veteranos de Malvinas será velado en la sede de Gobierno de Rosario

Unión de Sunchales se consagró Campeón del Torneo Apertura 2026


