Un nuevo detenido por el homicidio del policía Andrés Farías
La detención se produjo este sábado en un operativo realizado por la División Judiciales de la Unidad Regional II.
La sentencia fue resuelta por unanimidad en el marco de un juicio oral que finalizó este mediodía en los tribunales de Melincué. El fiscal que representó al MPA en el debate es Julián Cochero.
Policiales23 de agosto de 2024Diario PrimiciaUn hombre de 31 años identificado como Iván Jesús Leguizamón fue condenado a prisión perpetua por haber cometido el femicidio de su expareja Claudia Lorena González en la localidad de Elortondo (departamento General López).
La sentencia fue dispuesta por unanimidad por un tribunal presidido por el juez Adrián Godoy e integrado además por las juezas Paula Borrello y Mariana Vidal, en el marco de un juicio oral que finalizó este mediodía en los tribunales de Melincué.
El fiscal que estuvo a cargo de la investigación y representó al MPA en el debate es Julián Cochero. En relación al veredicto, valoró que "el tribunal consideró probados los hechos delictivos por los que acusamos a Leguizamón y le impuso la pena que habíamos solicitado en nuestros alegatos".
Arma reglamentaria
El femicidio fue cometido minutos antes del mediodía del sábado 18 de septiembre de 2021.
Cochero indicó que “Leguizamón y otros dos policías circulaban por la ruta provincial número 90 desde Elortondo a Chapuy en un patrullero de la Policía de Seguridad Vial de la provincia, cuando vieron que en sentido contrario se trasladaba un automóvil en el que González iba con un hombre”.
“Entonces, los policías cambiaron el sentido de circulación y comenzaron una persecución –con señas de luces, baliza y sirena encendidas–, hasta que a unos tres kilómetros de Elortondo, cruzaron el patrullero, y el vehículo en el que transitaba la víctima tuvo que detenerse en la banquina”, relató.
“Leguizamón se bajó del móvil oficial, se acercó a la ventanilla del otro auto y le ordenó al conductor que descendiera, lo cual él acató", precisó Cochero. "Luego, el condenado realizó un disparo con su arma reglamentaria hacia la cabeza a su expareja, quien falleció en el acto a causa del ataque”, subrayó el fiscal.
Asimismo, sostuvo que “tras matar a la mujer, el agresor también trató de dispararle a la persona que había llegado con ella”. Al respecto, aclaró que “no pudo concretar su objetivo porque el arma se encasquilló, razón por la cual comenzaron a pelear y la víctima logró sacarle el arma al condenado". En tanto, agregó que "durante el forcejeo, Leguizamón intentó ahorcar al otro hombre para quitarle la vida".
Calificación penal
Por haber provocado la muerte de González, Leguizamón fue condenado como autor de homicidio doloso calificado (por haber sido cometido por un hombre en perjuicio de una mujer, mediando violencia de género –femicidio–; por el vínculo de pareja que habían tenido; por el uso de arma de fuego, y por el abuso de la función de integrante de una fuerza de seguridad).
Por otro lado, por atacar a la persona que estaba con la víctima fatal, se le impuso la pena como autor de una tentativa de homicidio agravado (por abuso de su función en la fuerza de seguridad).
Inacción
El representante del MPA puntualizó que "la secuencia violenta transcurrió ante la inacción de los dos policías que estaban con Leguizamón al momento del hecho". En tal sentido, recordó que "se trata de Jonatan Matías Rojo y Mario Luciano Agüero, quienes el año pasado fueron condenados por el incumplimiento de sus deberes como funcionarios públicos".
En el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos, tanto Rojo como Agüero recibieron penas a dos años de prisión condicional y fueron inhabilitados para ejercer cargos públicos en la provincia por cuatro años.
La detención se produjo este sábado en un operativo realizado por la División Judiciales de la Unidad Regional II.
El accidente se produjo cuando uno de los neumáticos del autobús reventó, lo que provocó que el conductor perdiera el control del vehículo.
El hecho ilícito fue cometido durante la madrugada del sábado 25 de diciembre de 2021. La sentencia fue dispuesta por unanimidad en el marco de un juicio oral que finalizó esta mañana en la ciudad de Santa Fe. El fiscal Matías Broggi representó al MPA en el debate.
Se trata de Esteban Fabián Barco, de 53 años. Los ilícitos fueron cometidos durante 2020, cuando la víctima quedaba a su cuidado. La sentencia fue dispuesta por unanimidad en el marco de un juicio oral que se desarrolló en los tribunales de la ciudad de Santa Fe.
Este jueves fueron los operativos en Superí 1963, Superí 1940 y Crespo 3971, en el marco de la Ley de Microtráfico que rige desde principios de año, como consecuencia de denuncias realizadas por vecinos. “La Ley de Microtráfico vino a constituirse en una herramienta importante no solo contra la venta de estupefacientes al menudeo, sino de toda la contextualización de violencia que esto implica”, se remarcó.
Se le impuso una pena de tres años y seis meses de prisión de cumplimiento efectivo en el marco de un juicio en el que se abreviaron los procedimientos. La fiscal que representó al MPA en la audiencia fue Lorena Korakis.
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