La condenaron por hacerle fumar marihuana a su hija de cuatro años y grabarla en un video

La sentencia fue resuelta esta semana en el Tribunal Oral Federal de Santa Fe, donde se impuso una pena de tres años de prisión efectiva para una mujer de 35 años.
Policiales29 de abril de 2018Diario PrimiciaDiario Primicia

Una denuncia radicada el 6 de mayo del 2016 en el Ministerio Público Fiscal de la ciudad de Buenos Aires, indicó a las autoridades judiciales que mediante un video, que fue grabado con un celular, una mujer mayor de edad le dio de fumar varias pitadas a una menor de edad.

Aquella denuncia presentada sostuvo en ese entonces que aquel cigarrillo contenía en su interior posiblemente marihuana y que el registro fílmico fue difundido en el sitio web Reddit. En el mismo se observa a la mujer decirle: "Eso es fumar...", "Mirá ma, estamos las dos solas refumadas...".

Con el paso de los meses, se realizó una serie de investigaciones y el caso fue intervenido por el Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal N° 12, cuyo magistrado, en fecha 23 de septiembre de ese mismo año, se declaró incompetente tras detectar que el video fue realizado en la ciudad de Santa Fe, precisamente en el barrio Nueva Pompeya, en la zona norte.

El expediente fue luego remitido al Juzgado Federal Nº 1 de Santa Fe y derivó en una serie de investigaciones llevadas a cabo por agentes de Gendarmería Nacional, los cuales lograron establecer quién era la mujer que le dio de fumar a su hija y también dónde se encontraba la propiedad. En tanto, también se solicitó un allanamiento efectuado el 23 de noviembre del 2016.

En esa inspección, los pesquisas hallaron en una estatuilla de San La Muerte dos envoltorios con marihuana, dos teléfonos y un arma de fuego. En tanto, fue detenida la madre de la niña, identificada como Laura T.

La misma fue indagada al día siguiente y el 13 de diciembre del 2016 fue procesada como presunta autora del delito "de aplicación de estupefacientes a título gratuito en perjuicio de una menor de edad (artículos 5 inciso c y 11 inciso a de la ley 23.737). A su vez, se dispuso que permanezca en prisión preventiva hasta el juicio.

El fallo fue apelado por la defensa de la imputada y terminó siendo debatido en la Cámara Federal de Apelaciones de Rosario, donde el 16 de mayo de 2017 se resolvió confirmar el procesamiento. Posteriormente, el caso fue elevado a juicio al Tribunal Oral Federal de Santa Fe el 29 de agosto del 2017.

Mediante acuerdo

El caso terminó cerrándose en un juicio abreviado que acordaron la defensa de la imputada, a cargo de Fernando Sánchez (defensa pública) y el fiscal general de Santa Fe, Martín Suárez Faisal. Ambas partes resolvieron que Laura T. sea sentenciada a tres años de prisión.

El acuerdo fue homologado por el tribunal de jueces camaristas, José María Escobar Cello, María Ivón Vella y Luciano Homero Lauría, quienes determinaron imponer la condena a la madre de la niña por "abandono de persona agravado por ser cometido por la madre en perjuicio de su hija y tenencia de estupefacientes para consumo personal, en concurso real".

En su fallo, los magistrados consideraron que fue "evidente que puso en peligro la salud de una persona incapaz de valerse por sí misma y a la que ella debía cuidar, ya que solo contaba con cuatro años de edad".

"En su rol de madre, la encausada tiene el deber jurídico de velar por la integridad psíquica y física de sus hijos, debiendo prestar los auxilios que sean necesarios para resguardar su salud. No caben dudas, debido a su edad, que la niña era una persona incapaz de obtener los auxilios necesarios por sí misma y que, pese a ser consciente de que la situación le ocasionaría un claro perjuicio para salud de su hija, lejos de procurar su protección, la imputada indujo a que fume un cigarrillo de marihuana", destacó en otra parte el dictamen de los jueces federales.

En tanto, el fallo determinó que "se ha consumado el delito al poner en peligro la salud de la niña y colocarla por ello en situación de desamparo. Se trata de una acción individual que ocasionó una lesión para terceros, excediendo su comportamiento el carácter de acción privada protegida por el artículo 19 de la Constitución Nacional", sostuvo la sentencia emitida en la jornada del pasado jueves.


Intervención estatal

Finalmente, el fallo judicial ordenó que el Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos de la Niñez y Adolescencia, que depende de la Municipalidad de Santa Fe, aborde la situación familiar de la mujer condenada y el entorno de sus hijos menores de edad.

Por último, los jueces ordenaron que las autoridades municipales le informen de la situación, de manera periódica, a la Subsecretaría de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia, dependiente del gobierno provincial.

Fuente: Uno Santa Fe

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