Empleadas domésticas: Un nuevo aumento de sueldos en enero

Las empleadas domésticas ya pueden cobrar con el último aumento tras las subas que se aplicaron a los sueldos de diciembre. Detalles de los pagos por escala

Provinciales 03 de enero de 2022 Diario Primicia Diario Primicia
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Las empleadas domésticas comenzarán a percibir con sus sueldos de este mes los últimos aumentos dispuestos por el Gobierno. Desde el 1 de enero comenzarán a percibir el 7% que rige para los sueldos de diciembre. En noviembre, además, se activó un aumento de 6% que ya se cobró con los salarios de diciembre.

Salario mínimo para empleadas domésticas, mensual y por hora

De acuerdo a la Resolución 4/2021 de la Comisión Nacional de Trabajo en Casas Particulares, la escala salarial queda de la siguiente manera a partir de diciembre y es efectiva para cobrar con los sueldos de enero:

Supervisor

Hora con retiro: $309

Hora sin retiro: $338

Mensual con retiro: $38.541

Mensual sin retiro: $42.930,5

Tareas específicas

Hora con retiro: $292

Hora sin retiro: $320,50

Mensual con retiro: $35.806,5

Mensual sin retiro: $39.859

Caseros

Hora: $275,5

Mensual: $34.935

Personal de asistencia y trabajo no terapéutico

Hora con retiro: $275,5

Hora sin retiro: $308

Mensual con retiro: $34.935

Mensual sin retiro: $38.931,5

Tareas generales

Hora con retiro: $256

Hora sin retiro: $275,5

Mensual con retiro: $31.416,50

Mensual sin retiro: $34.935

Vacaciones para las empleadas domésticas

A todo personal doméstico le corresponden vacaciones pagas todos los años: para saber cuántos días les corresponden, debe tomarse en cuenta la antigüedad que la persona tenga en el empleo al 31 de diciembre del año en curso.

Según el Ministerio de Trabajo, estas son las cantidades de días de vacaciones que corresponden, al año, según la antigüedad en el empleo.

* Antigüedad de menos de seis meses

Entre cuatro y siete semanas de trabajo: corresponde un día de vacaciones al año

Entre ocho y 11 semanas de trabajo: corresponden dos días corridos de vacaciones al año

Entre 12 y 15 semanas de trabajo: corresponden tres días corridos de vacaciones al año

Entre 16 y 19 semanas de trabajo: corresponden cuatro días corridos de vacaciones al año

Más de 20 semanas de trabajo: corresponden cinco días corridos de vacaciones al año

* Antigüedad de más de seis meses hasta cinco años: corresponden 14 días corridos de vacaciones al año

* Antigüedad de más de cinco años hasta 10 años: corresponden 21 días de vacaciones al año

* Antigüedad de más de 10 años hasta 20 años: corresponden 28 días de vacaciones al año

* Antigüedad de más de 20 años: corresponden 35 días de vacaciones al año

Según la ley, las vacaciones pueden tomarse entre el 1 de noviembre y el 30 de marzo de cada año. También, pueden fraccionarse en dos o más veces, pero solo a pedido de la empleada doméstica y las vacaciones deben ser pagadas antes de que empiecen.

El subsidio de $15.000 para las empleadas domésticas

Es importante remarcar que el Gobierno lanzó recientemente el Programa Registradas. Con el mismo se busca conseguir que se registre a la mayor cantidad de empleadas domésticas posibles –a día de hoy el 67,7% (1.038.000) trabajan en negro según datos del Indec– mediante la entrega de subsidios de hasta $15.000 en los salarios.

Quienes estén interesados deberán completar la ficha de inscripción que permanecerá abierta hasta el 31 de diciembre de 2021. La misma indica que se deben cumplir los siguiente parámetros:

Las trabajadoras de casas particulares deben trabajar 12 horas semanales o más en el mismo hogar.

Sus tareas deben estar enmarcadas dentro de las categorías "Personal para tareas específicas", "Caseros y caseras", "Asistencia y cuidado de personas" o "Personal para tareas generales".

La parte empleadora debe tener ingresos brutos mensuales promedio, igual o inferior a $175.000.

Los empleadores podrán registrar solamente a una trabajadora.

El pago por antigüedad

En septiembre se aprobó la creación de un adicional salarial por "antigüedad" del 1% por cada trabajado en relación laboral, sobre el haber mensual que se abonará todos los meses.

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