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title: "¡Salió el fallo de Conmebol! Se juega el Boca-River"
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description: "Luego de varias idas y vueltas, el tribunal dictaminó que el duelo sí se jugará. Boca, igualmente, apelará."
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date_published: "2018-11-29T18:58:00-03:00"
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  - "Boca"
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# ¡Salió el fallo de Conmebol! Se juega el Boca-River

Tribunal finalmente desestimó el pedido de Boca y habrá partido de vuelta de la Copa Libertadores

Si bien aún no está informado, el partido se jugaría el domingo 9 de diciembre a las 16.30 (hora de Argentina) en el estadio Santiago Bernabeu, del Real Madrid.

Tras varios días de reuniones, presentación de documentos y cruces de declaraciones entre los representantes de River y de Boca, Conmebol dio el veredicto, que igual sería apelado por el club que preside Daniel Angelici.

El fallo

1º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una sanción consistente en jugar sus  
próximos 2 (dos) partidos como local en competiciones oficiales organizadas por la  
CONMEBOL a puertas cerradas. Esta sanción iniciará su vigencia a partir del año 2019.  
En consecuencia, única y exclusivamente podrán acceder al estadio las siguientes  
personas o grupos de personas:

a) Un máximo de 70 (setenta) miembros de la delegación del CLUB ATLÉTICO  
RIVER PLATE, incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico,  
restantes oficiales y directivos del Club.

b) Un máximo de 20 (veinte) personas en su condición de directivos o miembros  
de la Asociación del Fútbol Argentino.

c) Periodistas acreditados, siempre y cuando la lista de acreditaciones con los  
detalles y la identidad de los periodistas haya sido entregada al Delegado de  
la CONMEBOL con al menos 24 (veinticuatro) horas de antelación a la hora  
de inicio del partido. Los periodistas deben realizar su trabajo en los lugares  
habituales de labor.

d) Personal técnico encargado de la transmisión televisiva del encuentro.

e) 12 (doce) Pasapelotas.

f) Policías y empleados de seguridad que tengan asignadas tareas específicas en  
relación con la seguridad del partido.

g) Personas que desempeñan funciones en relación con la infraestructura del  
estadio (iluminación, limpieza, etc.)

h) La delegación de los equipos visitantes hasta un máximo de 70 personas  
incluidos los jugadores, cuerpo técnico, personal médico, restantes oficiales y  
directivos del Club.

2º. IMPONER al CLUB ATLÉTICO RIVER PLATE una multa de USD 400.000  
(CUATROCIENTOS MIL DÓLARES ESTADOUNIDENSES). El importe de esta multa  
será debitado automáticamente del monto a recibir por el CLUB ATLÉTICO RIVER  
PLATE de la CONMEBOL en concepto de derechos de Televisación o Patrocinio.

3º. NOTIFICAR, al Club Atlético River Plate y a la Dirección de Competiciones de Clubes de la  
CONMEBOL.

Contra esta decisión cabe recurso ante la Cámara de Apelaciones de la CONMEBOL en el  
plazo de siete días corridos desde día el siguiente a la notificación de la decisión con  
fundamentos. El recurso deberá cumplir con las formalidades exigidas en los artículos 59 y  
siguientes del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL. De conformidad con el Art.  
63.5 del Reglamento Disciplinario de la CONMEBOL, la cuota de apelación de USD. 1.000  
(DOLARES ESTADOUNIDENSES MIL) ha de ser abonada mediante transferencia  
bancaria.ç

Fuente: La voz

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