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description: "Por ahora, el sistema abarca el pago de Ganancias, Bienes Personales, IVA y determinados tributos a la Seguridad Social"
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# La Afip creó una "billetera electrónica" para pagar impuestos: cómo usarla?

La Afip creó una "billetera electrónica" para que los contribuyentes carguen dinero –incluso mediante transferencias desde el exterior– para pagar distintos impuestos.

La herramienta, que se oficializará mañana a través de su publicación en el Boletín Oficial, beneficiará a más de 3 millones de contribuyentes.

La billetera electrónica de Afip, que estará disponible en la página web del organismo, simplifica el proceso de pago ya que, a diferencia de las plataformas vigentes, no exige cargar el código del impuesto ni el período fiscal.

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Desde esta nueva plataforma se podrán pagar anticipos, saldos de las declaraciones juradas, intereses de cualquier tipo, multas y pagos a cuenta de retenciones o percepciones. Abarca el pago de Ganancias, Bienes Personales, IVA y determinados tributos a la Seguridad Social.

Para utilizarla el contribuyente debe cumplir con tres pasos sencillos:

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1- Para acceder, la persona podrá utilizar el servicio de homebanking de su entidad bancaria o a través del sitio web de la AFIP. Una vez que ingrese, el menú le exhibirá al contribuyente la opción “Carga Billetera AFIP”, que deberá completar con su número de CUIT e importe, igual o superior a los 1200 pesos.

2- Una vez realizado el pago, el importe se cargará en la transacción “Billetera Electrónica”, que se encuentra en el Sistema de Cuentas Tributarias (SCT).

3- En dicho sistema, el contribuyente seleccionará los impuestos que pretende pagar. Luego se le generará un comprobante de pago por esos conceptos y se le descontará automáticamente el importe cargado inicialmente.

Además la billetera electrónica de Afip contempla una nueva modalidad de pago a través de la Transferencia Bancaria Internacional (TBI) desde el exterior del país.

En una segunda etapa, está previsto que la billetera electrónica Afip permita abonar el monotributo y los aportes y contribuciones de los trabajadores de casas particulares.

Fuente: Rosario3

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